Orientar desde el territorio MECD, al otro lado del Mediterráneo.

Es posible que la gran mayoría de las personas que lean este artículo no conozcan Ceuta y Melilla más que por la información que se refleja en las noticias, bastante tremendistas por cierto, o un par de puntos en el mapa meteorológico, por lo que son grandes desconocidas. Ciudades de gran belleza, con un legado histórico importante y unas características únicas por cuanto en un reducido espacio conviven cuatro culturas, cristiana, musulmana, hebrea e hindú, mezcla de culturas que perfilan nuestra singular forma de ser.

 

Faros de Ceuta y Melilla. Fuente: Wikimedia

Este artículo pretende reflejar la experiencia de dos orientadoras, Mª José Cornejo Ruiz en  el Departamento de Orientación del IES Juan Antonio Fernández Pérez de Melilla, y Nieves Algarte Villena en el Departamento de Orientación del IES Clara Campoamor de Ceuta.

Ceuta y Melilla, aunque son Ciudades Autónomas, no tiene transferidas la competencias en materia de Educación, por lo que ambas forman parte del territorio MECD son reguladas por normativa directa del Ministerio, aunque en ocasiones nos veamos condicionados por la normativa de la Junta de Andalucía, como es el caso de la PEBAU ya que dependemos de Universidad de Granada.

Ambas ciudades, en el ámbito educativo, se caracterizan por disponer de un número limitado de centros tanto de Educación Infantil y Primaria como de Educación Secundaria por lo que las aulas presentan unas ratios muy elevadas, así como de un alumnado con características sociales, culturales, lingüísticas y religiosas peculiares que  inciden en el proceso educativo  y que con mayor frecuencia de la deseada, hace que nuestro alumnado presente grandes dificultades y necesidades educativas a las que debe dar respuesta la Comunidad Educativa.

Como instrumento para dar respuesta a las necesidades educativas de nuestro alumnado, disponemos de la Orden 849/2010 de 18 de marzo, por la que se regula la ordenación del alumnado con necesidad de apoyo educativo y se regulan los servicios de orientación educativa en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, en las ciudades de Ceuta y Melilla y la LOMCE, es decir desde el 2010 y 2013 no hemos tenido legislación que rija a los servicios de orientación y a sus programas de trabajo.  A diferencia de la mayoría de las comunidades autónomas, que se encuentran más reguladas en este sentido por la administración, nuestra normativa es bastante limitada.

La entrada en vigor de la Orden 849/2010 supuso la desaparición de los EOEP y la creación de las Unidades de Orientación en E. Primaria, la creación de la Unidad de Atención Temprana y de la UCOE, Unidad de Coordinación de la Orientación Educativa. Además, permitió que en el presente curso 2016-17, se pusieran en funcionamiento en Ceuta dos aulas específicas para la atención del alumnado con TEA en dos centros de E. Primaria. En Educación Secundaria, en muchos centros de Melilla aparece la figura de segundo Orientador por necesidad ante el elevado número de alumnos en los Institutos, sin embargo, en Ceuta, el segundo orientador desapareció al tiempo que se incrementaban los recortes, de manera que los IES de Ceuta disponen de un solo orientador aunque las ratios superen los 900 y 1000 alumnos, lo que puede dar una idea del ritmo de trabajo que podemos llevar.

Como todos, nuestros Departamentos de Orientación se encuentran ante gran variedad de demandas y un elevado número de situaciones y con un alumnado muy distinto. Alumnado con necesidades educativas especiales, de incorporación tardía al sistema educativo, con desconocimiento de la lengua, con un grave absentismo, fracaso escolar, dificultades propias de la adolescencia, problemas de convivencia y acoso escolar…, en definitiva un amplio abanico de frentes con los que trabajar  y con unos recursos y medidas educativas que en numerosas ocasiones no nos permite dar respuesta a muchas de las necesidades que presenta nuestro alumnado ya que, su puesta en marcha requiere de unos recursos personales inexistentes en estos momentos o de un espacio (aulas para grupos flexibles, desdoblamientos, convivencia…) de los que no se dispone, por lo que resulta muy complicado, por no decir imposible, atender al alumnado con dificultades sin la presencia del un profesorado de apoyo que no tenemos tras la desaparición de la Educación Compensatoria.

Partiendo de esta realidad realizamos nuestra labor orientadora, considerando la orientación como un proceso que se desarrolla con el propio proceso educativo; con una finalidad clara que es el desarrollo personal, social y profesional del individuo en su contexto; Además a día de hoy, la orientación no es trabajo sólo del orientador u orientadora, sino que la totalidad de los agentes educativos y sociales deben estar implicados.

Actualmente intentamos trabajar siguiendo los tres ámbitos que debe cubrir el Plan de actividades del Departamento de Orientación:

1.- Apoyo al Proceso de enseñanza-aprendizaje.

Colaborando con el profesorado en la elaboración de propuestas relativas al conjunto de medidas de atención a la diversidad, de carácter general y específico, que se puedan llevar a cabo en el Instituto, para mejorar el proceso de enseñanza y aprendizaje de la totalidad del alumnado.

Estas actividades de apoyo y asesoramiento al proceso de enseñanza / aprendizaje deben hacerse desde la perspectiva psicopedagógica y los principios de atención a la diversidad, con la finalidad de que las decisiones que se adopten en los distintos niveles de concreción curricular consideren la diversidad de capacidades, intereses y motivaciones del alumnado.

2.- Plan de acción tutorial.

Entendemos la acción tutorial como el conjunto de intervenciones que se desarrollan con el alumnado, con las familias y con el equipo educativo de cada grupo para favorecer la convivencia del grupo, realizar un seguimiento personalizado del proceso de aprendizaje y facilitando la toma decisiones respecto al futuro académico y profesional del alumnado.

El Departamento de Orientación coordina la elaboración y desarrollo del Plan de Acción Tutorial del centro como marco en el que se especifican los criterios y procedimientos para la organización y funcionamiento de las tutorías. Asesorará a cada tutor/a para que, siguiendo las líneas generales marcadas, elabore y desarrolle las programaciones de actividades de acción tutorial adecuadas a las necesidades de su grupo de alumnos/as.

Contribuirá, así mismo, al desarrollo de las programaciones de las tutorías, bajo la coordinación de la Jefatura de Estudios, asesorando a los/as tutores/as en sus funciones, facilitándole los recursos necesarios e interviniendo directamente en los casos que se determine.

3.- Apoyo al Programa de Orientación Profesional y Vocacional.

La orientación vocacional tiene por objeto ayudar al alumnado a lo largo de la Educación Secundaria y de bachillerato a valorar y actualizar sus preferencias académico-profesionales para que pueda formular libre y responsablemente su decisión personal, que deberá concretar en un plan o proyecto concreto.

Además de estos ámbitos de intervención el Departamento de Orientación se encuentra en la necesidad de intervenir en otros ámbitos y trabajar otras motivaciones de los alumnos. Actualmente consideramos que es necesario llegar a los problemas de los alumnos, utilizando la educación emocional como medio de trabajo, como medio para llegar a las familias y pedir su intervención y su ayuda.

Así, el Departamento de Orientación, a través de su intervención en estos tres ámbitos de actuación, intenta dar una respuesta a las necesidades de los Centros, de una Comunidad Educativa con demandas cada vez mayores y más complejas y que con frecuencia resulta desbordante, agotadora, aunque también, por qué no decirlo, un gran reto profesional.

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Mª José Cornejo Ruiz 

IES Juan Antonio Fernández Pérez. Melilla.

Orientadora y Jefa del Departamento de Orientación

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Mª Nieves Algarte Villena

IES Clara Campoamor. Ceuta.

Orientadora y Jefa del Departamento de Orientación.

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